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La Gerencia de la Empresa de Renovación Urbana ERU emite rectificación de informaciones de la Revista Dinero Print E-mail
Friday, 18 June 2010 22:17

La siguiente es la carta de rectificación enviada por la Gerencia de la Empresa de Renovación Urbana ante las publicaciones realizadas por la Revista Dinero en su edición de la semana del 15 de junio.

Bogotá, junio 16 de 2010

Doctora

ROSARIO CÓRDOBA

Directora

REVISTA DINERO

Cordial saludo,

 

La edición de la revista Dinero que actualmente circula publica un artículo titulado “Los movimientos del ‘zar’ de los contratos en Bogotá”, en el cual hace graves señalamientos a mi nombre, a la Empresa de Renovación Urbana -que actualmente dirijo- y al proyecto San Victorino Centro Internacional de Comercio Mayorista.

Es de señalar que en ningún momento fui contactado, ni directamente ni a través de la Oficina de Comunicaciones de la ERU, para dar mi opinión o controvertir los señalamientos hechos en el artículo. La persona o personas con quienes manifiesta habló el periodista, han dado información inexacta que ha llevado a la revista a sacar conclusiones que no coinciden con la realidad y riñen con la verdad.

Por tanto, a continuación me permito aclarar y desmentir lo siguiente:

1. Mi nombramiento como Gerente de la Empresa de Renovación Urbana fue una decisión autónoma del Alcalde Mayor de Bogotá Samuel Moreno Rojas.

2. Señala el artículo de la revista que en abril de 2009 se “(…) consideró quitarle el contrato para la construcción de la megaobra a la Unión Temporal Urbe capital debido a los desfases administrativos y a los retrasos que venía registrando”.

Frente a esta afirmación debo aclarar que Urbe Capital ni ninguna otra empresa tiene a cargo la construcción del proyecto. El proyecto NO se encuentra en fase de Construcción. San Victorino Centro Internacional de Comercio Mayorista está estructurado en dos grandes fases: la primera, denominada preoperativa, que comprende actividades tales como: procedimientos para hacer efectivos los derechos de preferencia de los ex propietarios; estudios técnicos, estudios estructurales, estudios de suelo, sísmicos; diseños e interventoría de los mismos; trámite y gestión para la aprobación del plan de movilidad; trámite y gestión para la obtención de la licencia ambiental; tramite y gestión para la aprobación del plan de implantación; elaboración y ejecución del plan de gestión del proyecto; Elaboración y ejecución del programa de gestión social; elaboración y gestión del plan de comercialización, entre otras actividades más que sería largo enunciar.

Naturalmente que, varias de estas actividades comprenden trámites gubernativos ante entidades públicas en relación con las cuales el tiempo de duración puede ser superior a doce o más meses, individualmente considerados y, algunas de ellas, constituyen requisito previo para iniciar el trámite de las licencias de construcción.

Igualmente en esta primera fase pre operativa se definen las fuentes de recursos privados (incluyendo los ingresos por comercialización y preventas) que permitan el cierre financiero del proyecto.

La segunda fase, denominada operativa y de construcción, solo se iniciará una vez se cierren todas las actividades de la fase preoperativa. Dado que la fase operativa y de construcción del Centro Internacional de Comercio Mayorista no se ha iniciado, no se puede hablar de retrasos en la obra.

3. Menciona su publicación que yo, como asesor del proyecto San Victorino “revisaba todos los informes que eran enviados a Néstor Eugenio Ramírez con todas las apariencias de formalidad y legalidad. A partir de allí –dijo otra persona cercana a la empresa- se reanudaron los desembolsos y nadie quiso reparar en el hecho de que entre las fuentes de desangre estaba una alta nómina de los empleados del consorcio que se pagaban con cifras infladas sobre el papel”.

En relación con esta afirmación, debo aclarar varios puntos:

- Efectivamente antes de asumir el cargo de Gerente de la Empresa de Renovación Urbana presté servicios profesionales en el área jurídica de esta entidad en dos aspectos o componentes: el primero, la estructuración de mecanismos de asociación público-privada que permitan avanzar en la gestión y el desarrollo de proyectos de renovación urbana. El segundo, asesorar al proyecto San Victorino -solo y exclusivamente- en materias relativas a la estructura del proyecto, a sus mecanismos de gestión, a la articulación jurídica de herramientas como la fiducia y las definiciones de sus fases de desarrollo desde el punto de vista legal.

No es cierto, como menciona la revista, que yo tuviera en el alcance de mis servicios profesionales el revisar informes de ninguna naturaleza, mucho menos relacionados con cuentas o gastos de Indecon o de algún tercero vinculado al proyecto.

- Todo lo relacionado con el manejo de desembolsos está sujeto a procedimientos que parten de la presentación de un proyecto de presupuesto, la aprobación del mismo y de estrictos procedimientos de ejecución que son aprobados por la junta del proyecto. No participé, ni directa ni indirectamente, en la elaboración de borradores de presupuesto, en la aprobación del mismo ni en su ejecución como consta en los informes presentados a la junta.

4. Respecto a las supuestas “fuentes de desangre”, hay que señalar tajantemente que éstas no existen. El proyecto San Victorino Centro Internacional de Comercio Mayorista se ha diseñado de la siguiente manera:

- Es un proyecto inmobiliario de renovación urbana.

- Es un proyecto de iniciativa pública pero su construcción se realizará con recursos privados incluidos los ingresos por comercialización y ventas.

- Los desembolsos realizados con recursos del patrimonio autónomo serán reintegrados en su totalidad a la Empresa de Renovación Urbana, de tal manera que este proyecto no implica ningún gasto para la ERU.

- Los pagos a la entidad fiduciaria, diseñador, interventores, gerencia del proyecto, asesores y contratistas se revertirán y reintegrarán totalmente a la ERU.

- En el caso de la Unión Temporal Urbe Capital, integrada por la sociedad Carlos Olano & Compañía e Indecon S.A., la licitación pública que les adjudicó la gerencia del proyecto estableció una remuneración equivalente a un porcentaje fijo sobre el total de ventas de unidades inmobiliarias que haga dicha gerencia. Es decir, la remuneración, bajo la estructura financiera del proyecto, realmente se efectúa con recursos privados.

- En la fase preoperativa, dado que se han surtido avances en todos los frentes (técnico, social, económico, etc.) el total de desembolsos efectuados a la fecha a la gerencia del proyecto -equivalentes a un anticipo y que serán amortizados a través de las remuneraciones por ventas- es inferior al valor que resulta de liquidar el porcentaje acordado por el total de preventas realizadas. De tal manera que, independiente de la nómina correspondiente al personal mínimo exigido a la gerencia del proyecto, la remuneración pactada con esta no se ha modificado en el transcurso de la ejecución del proyecto.

En el caso que Urbe Capital (Olano y Compañía e Indecon) incrementen la nómina de personal o sus gastos, dichos incrementos no los pueden facturar al proyecto, de tal manera que no es factible que el proyecto se afecte por “cifras infladas” como manifiesta el artículo.

- El manejo de los recursos ha surtido revisiones por parte de todos los organismos de control. Recientemente la Contraloría de Bogotá realizó una auditoria integral especial al fideicomiso San Victorino y no encontró ninguna irregularidad en el manejo de los recursos.

5. En cuanto a la frase “el mecanismo usado fue el mismo que se dio en otros casos de incumplimiento de contratos de obras de infraestructura”, en el caso del proyecto San Victorino Centro Internacional de Comercio Mayorista hay que resaltar que, en primer lugar, no se trata de un proyecto de infraestructura y, en segundo lugar, en desarrollo de su esquema de gestión, en la fase preoperativa, no se han presentado circunstancias de incumplimiento.

El proyecto San Victorino Centro Internacional de Comercio Mayorista ha enfrentado etapas de alta complejidad que se han sorteado gracias a la pulcritud de su estructura, consolidándose frente a todos los actores involucrados, desde los institucionales y el sector público, al igual que todos los que hacen parte de la inclusión social del proyecto (ex propietarios, comerciantes del sector, cadenas productivas y de comercialización) y el sector privado, entidades financieras y fiduciarias, convocando la confianza de inversionistas y compradores.

Afirmaciones y conclusiones provenientes de una información errónea como la presentada en el artículo publicado por la Revista Dinero, puede afectar la confianza de estos actores y vulnerar la columna estructural del proyecto.

Es por esto que en uso del derecho consagrado en el artículo 20 de la Constitución Nacional solicito la publicación de esta rectificación con el mismo despliegue que el de las informaciones publicadas.

Cordialmente,

DIEGO ALBERTO MURIEL TOBÓN

Gerente General

EMPRESA DE RENOVACIÓN URBANA

Ver carta original:

 

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