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Invitación #2 a conceder opción de promesa de compraventa Print E-mail

Modificación No 2

Considerando

De conformidad con el numeral 2.11, de la invitación a conceder opción de promesa de compraventa, "en caso de considerarse oportuno la Junta del Fideicomiso del Proyecto podrá emitir documentos aclaratorios, modificatorios o adendas a la presente invitación, caso en el cual procederá a realizar la debida comunicación en el Punto de Atención, Información y Ventas (P.A.I.V) del Proyecto.

Teniendo en cuenta lo anterior, de acuerdo con el cronograma general del Proyecto aprobado por la Junta del Fideicomiso, en el cual la etapa de preventas esta programada para el cuarto trimeste del año en curso, es decir, al finalizar el mes de Septiembre.

Se amplía el plazo de cierre de la presente invitación con el fin que se puedan presentar los opcionantes de las promesas de compraventa para la presente invitación, por lo tanto se hace necesario modificar el numeral 2.2.1:

"2.2.1 Fecha de cierre de la Invitación # 2 y notificación.  La fecha de cierre de la Invitación # 2, será el día 30 de Septiembre de 2009 a las 4:00 p.m., y el plazo máximo para realizar la consignación del 5% del valor de la opción será hasta el día 07 de Octubre de 2009.

El Patrimonio Autónomo "SANVICTORINO Centro Internacional de Comercio Mayorista", cuyo vocero es la Fiduciaria Bogotá S.A. tendrá plazo para notificar la decisión de aceptar o no la opción hasta el día 30 de Septiembre de 2010. Mientras la opción no sea rechazada, quien presenta la Opción (En adelante el CONCEDENTE) se obliga a cumplir con los términos de la opción concedida."

Los demás términos y condiciones contenidos en la invitación # 2 no cambiados a través del presente documento, continúan en vigencia.

Bogotá D.C, 30 de Junio de 2009.

1. Generalidades

La Junta del Fideicomiso del Patrimonio Autónomo Inmobiliario "SANVICTORINO CENTRO INTERNACIONAL DE COMERCIO MAYORISTA", INVITA a TODOS los Comerciantes Tradicionales del centro, Bogotá, Colombia y el Exterior, a presentarse individualmente, como comuneros o agrupados en Organizaciones Productivas Especializadas por Grupos de Comercio Predominante (clusters), a través de Asociaciones, Cooperativas, Corporaciones, Federaciones, Sociedades u otra forma asociativa, a conceder opción de promesa de compraventa de futuras unidades inmobiliarias destinadas a locales comerciales del proyecto "Sanvictorino Centro Internacional de Comercio Mayorista", a ubicarse en los niveles 0, 1, 2, 3 y 4 del proyecto. En adelante la presente invitación se denominará "Invitación #2".

Para efectos de esta Invitación #2 se entiende por COMERCIANTE TRADICIONAL: Son personas naturales o jurídicas, con registro de tradición demostrada en un Sector Comercial y que se dedican a la comercialización de productos.

1.1. Descripción del proyecto

El proyecto "SANVICTORINO Centro Internacional de Comercio Mayorista" es un Complejo Urbanístico-Inmobiliario Comercial y de Servicios, incorporado a una operación de Renovación Urbana enmarcada en el proyecto de inversión "Operación San Victorino regional, Comercial, Cultural y Patrimonial", inscrito por la Empresa de Renovación Urbana de Bogotá, en el Banco Distrital de Programas y Proyectos de Bogotá D.C.

En términos generales, el Proyecto SANVICTORINO Centro Internacional de Comercio Mayorista, es un Sistema Urbanístico-Inmobiliario de última generación, con función social, que contiene en forma organizada diferentes tipos de inmuebles así: a) Locales Comerciales; b) Locales de Comidas; c) Locales de Servicios; d) Locales de Entretenimiento e) Recinto Comercial (con Espacios para Pequeños Productores, entre otros); f) Supermercado ; g) Oficinas; h) Show Room (Sala de Exhibiciones) i) Locales-Bodegas; j) Espacios Análogos; k) Parqueaderos; l) Torre de Telecomunicaciones y otros tipos de Inmuebles complementarios. La composición y diseño final del Proyecto podrá variar según las condiciones del mercado.

Los citados tipos de inmuebles podrán ser comercializados en diferentes momentos, con el ánimo de ordenar el proyecto respecto a su oferta comercial y de servicios. Mediante esta estrategia, se busca el éxito operacional de largo plazo del Proyecto y del gran Sector de San Victorino en general.

Para una mejor comprensión de los productos Inmobiliarios que harán parte del inventario del proyecto, describimos a continuación el alcance y/o tipología de los mismos, sin que la descripción constituya una obligación:

  • Locales Comerciales: Son unidades inmobiliarias con especialidad, y características físicas y técnicas apropiadas para la negociación, compra, venta y/o permuta de mercancías.
  • Locales de Comidas: Son unidades inmobiliarias con especialidad y características físicas y técnicas apropiadas para la prestación de servicios de alimentación en general.
  • Locales de Servicios: Son unidades inmobiliarias con especialidad y características físicas y técnicas apropiadas para la prestación de servicios personales y/o empresariales en general.
  • Locales de Entretenimiento: Son unidades inmobiliarias con especialidad y características físicas y técnicas apropiadas para la prestación de servicios de entretenimiento en general.
  • Recinto Comercial: Se trata de una unidad inmobiliaria de gran formato (área), en la cual se desarrollan actividades comerciales de múltiples asociados, afiliados, cooperados, arrendatarios, y/o usuarios en general; con especialidad y características físicas y técnicas apropiadas para la exhibición, negociación, compra, venta y/o permuta de mercancías en bajos volúmenes por cada punto de exhibición comercial.
  • Supermercado: Son unidades inmobiliarias con especialidad y características físicas y técnicas apropiadas para venta al por mayor y/o al detal, de mercancías especializadas y/o de consumo masivo en general.
  • Oficinas: Son unidades inmobiliarias con especialidad y características físicas y técnicas apropiadas para hacer, ordenar o trabajar en algo.
  • Show Room (Sala de Exhibiciones): Es una unidad inmobiliaria de gran formato (área), en la cual se desarrollan actividades de exhibición de mercancías y/o servicios en general, con especialidad y características físicas y técnicas apropiadas para estas actividades.
  • Locales-Bodegas: Son unidades inmobiliarias con especialidad y características físicas y técnicas apropiadas para almacenar mercancías en general.
  • Espacios Análogos: Son inmuebles de pequeño formato, donde se localizan Comerciantes o Vendedores Informales en proceso de organización y/o Formalización, cuyos clientes potenciales son los comerciantes informales tradicionales del Sector de San Victorino, identificados por el Instituto para la Economía Social - "IPES"
  • Parqueaderos: Son unidades inmobiliarias con especialidad y características físicas y técnicas apropiadas para el aparcamiento de vehículos en general.
  • Torre de Telecomunicaciones: Es una edificación con características físicas y técnicas apropiadas para la transmisión de telecomunicaciones en general y servicios conexos y/o complementarios, (pendiente por ser diseñada en un nuevo concurso Arquitectónico). Nota 1: No obstante lo anterior, con el ánimo de mejorar la competitividad del Sector y del Proyecto, la Junta del Fideicomiso podrá complementar el inventario del mismo con nuevas edificaciones y/o ajustes en general a los usos inmobiliarios anteriormente descritos o podrá eliminar del inventario algunos de los inmuebles descritos.

1.2. Plano general de ubicación del proyecto

El proyecto se encuentra localizado en el costado norte del Parque Tercer Milenio, entre la carrera 11 y la Avenida Caracas, y las Calles 9 y 10, en terrenos comprendidos por las manzanas 3, 10 y 22 del Barrio Santa Inés de Bogotá DC. Abarca una extensión aproximada de 28.972,10 m2, distribuidos así: Manzana 3: 4.664,94 m2, Manzana 10: 3.592,42 m2 y Manzana 22: 20.714,74 m2.

1.3. Vista general del proyecto

Nota importante: Esta imagen es exclusivamente ilustrativa, contiene múltiples elementos de interpretación y apreciación estética del artista, que no comprometen a ninguna de las entidades relacionadas con la presente invitación. Se expone en la presente invitación, con la única intención de facilitar el entendimiento de la volumetría general del proyecto, y no sus detalles Arquitectónicos, Urbanísticos y/o Técnicos.

1.4. Fases y etapas constructivas del proyecto

El Proyecto está estructurado en dos (2) fases fundamentales: La "Fase Preoperativa" y "Fase "Operativa"; la primera fase tiene como alcance la estructuración general del proyecto en sus dimensiones técnicas, económicas, comerciales, jurídicas y administrativas, y se termina con el cumplimiento del Punto de Equilibrio de alguna de las Etapas del Proyecto, planeada en el segundo semestre del 2009. La Segunda fase tiene como alcance general ejecutar las Construcciones del Proyecto.

Los inmuebles que hacen parte del inventario de la presente Invitación #2, se espera sean entregados a quienes resulten ser compradores durante el Primer Trimestre del año 2011.

Nota 1: No obstante lo anterior, se destaca que la Junta del Fideicomiso podrá adelantar o aplazar el alcance de las citadas Fases y/o Etapas, y/o fechas de entrega de los inmuebles, y/o ajustar los tiempos en general del desarrollo del proyecto, y/o sus condiciones de considerarlo necesario, en beneficio del desarrollo del Proyecto.

1.5. Proceso de comercialización y ventas del proyecto

1.5.1. Etapa de invitaciones

Esta etapa comprende la invitación a presentar Opciones de Promesa de Compraventa de futuras unidades inmobiliarias por parte de los Concedentes, la recepción de las Opciones de Promesa de Compraventa por parte de la Gerencia del Proyecto, el análisis y la evaluación de los Concedentes por parte de la Fiduciaria, la Gerencia del Proyecto y el Comité Evaluador, quién realizará una recomendación a la Junta del Fideicomiso de rechazar o considerar en el futuro las Opciones de Promesa de Compraventa.

1.5.2. Etapa de preventas

1.5.3 En la fase final de las invitaciones se abrirá la etapa de Preventas de las Unidades Inmobiliarias que disponga la Junta del Fideicomiso Etapa de ventas

En esta etapa se abrirán las ventas de las Unidades Inmobiliarias que disponga la Junta del Fideicomiso.

Nota: Esta Etapa Comercial se inicia únicamente cuando haya sido dada la declaratoria de cumplimiento del punto de Equilibrio de cada una de las Etapas Constructivas correspondientes, y su duración va hasta cuando hayan sido finalizadas las obras de Construcción correspondientes, y se hayan dado los demás requisitos para dar inicio a la Etapa de Escrituración de las Unidades Inmobiliarias del Proyecto. En esta etapa no ocurre la venta de los inmuebles en el sentido jurídico (otorgamiento de escritura pública), hecho que es propio de la etapa siguiente: Etapa de escrituración y entrega.

1.5.4. Etapa de escrituración y entrega

Esta etapa comprende la elaboración del reglamento de propiedad horizontal, la firma de las escrituras de compraventa y entrega de las Unidades Inmobiliarias.

Cada una de las Fases de Escrituraciones y/o Entregas de Inmuebles, serán reglamentadas mediante unos documentos denominados como "Instructivos de Escrituraciones y/o Entregas", los cuales identificaran entre otros aspectos, las condiciones, deberes, derechos y documentos que formalizan esta gestión, según corresponda.

Sin embargo, las Escrituraciones y Entregas de Locales tendrán como documentos maestros los siguientes:

  • Escritura Pública de Propiedad.
  • Paz y Salvo de la Compraventa
  • Paz y Salvo de Notaria y Registro de la Escritura.
  • Paz y Salvo de Impuesto Predial.
  • Paz y Salvo de contribución de Valorización.
  • Paz y Salvo de Administración de la Propiedad Horizontal (Si aplica).
  • Certificado de Tradición y Libertad del Inmueble.

Nota general: Mediante instrucción de la Junta del Fideicomiso, cada una de estas etapas podrá tener alcance total o parcial respecto al proyecto, de acuerdo al punto de equilibrio general o a los puntos de equilibrios parciales o dinámicos que se determinen.

2. Invitación #2, a presentar opciones de promesa de compraventa de futuras unidades inmobiliarias destinadas a locales comerciales del proyecto "SANVICTORINO - Centro Internacional de Comercio Mayorista", a ubicarse en los niveles 0, 1, 2, 3 y 4, de la manzana 22 del barrio Santa Inés de Bogotá

2.1. Divulgación y consulta de la Invitación #2

La presente invitación a presentar Opciones de Promesa de Compraventa es para TODO aquel que tenga la calidad de Comerciante Tradicional del centro, Bogotá, Colombia y el Exterior y se divulgará abiertamente mediante Documento disponible en la página web (www.centrosanvictorino.com) así como en documentos impresos y/o magnéticos, disponibles en el Punto de Atención Información y Ventas (En adelante denominado P.A.I.V.) del Proyecto.

2.2. Invitación #2

2.2.1. Fecha de cierre de la invitación #2 y notificación

La fecha de cierre de la Invitación #2, será el día 30 de Junio de 2.009 a las 4:00 p.m., y el plazo máximo para realizar la consignación del 5% del valor de la opción será hasta el día 7 de Julio del 2.009.

El Patrimonio Autónomo Fideicomiso "SANVICTORINO Centro Internacional de Comercio Mayorista", cuyo vocero es la Fiduciaria Bogotá S.A. tendrá plazo para notificar la decisión de aceptar o no la opción hasta el día 30 de Junio de 2010. Mientras la opción no sea rechazada, quien presenta la Opción (En adelante el CONCEDENTE) se obliga a cumplir con los términos de la opción concedida.

2.2.2 Lugar de entrega de las Opciones de Promesa de Compraventa

Las Opciones de Promesa de Compraventa y sus documentos anexos serán entregados en el Punto de Atención, Información y Ventas (P.A.I.V.), ubicado en la Carrera 11, entre Calles 9 y 10 de la ciudad de Bogotá D.C.

2.3. Los invitados a ser concedentes de la opción de promesa de compraventa

La presente invitación está dirigida a TODOS los "Comerciantes Tradicionales del centro, Bogotá , Colombia y el Exterior ", a presentarse individualmente ( Personas Naturales o Jurídicas ), como comuneros, a través de pactos de comunidad o agrupados en Organizaciones Productivas Especializadas por Grupos Comerciales Predominantes a través de Asociaciones, Cooperativas, Corporaciones, Federaciones, Sociedades u otra Forma Asociativa" con personería Jurídica.

Para el caso de Inversionistas , también podrán participar individualmente o como asociados o socios de Organizaciones Productivas Especializadas (Asociación, Cooperativa, Corporación, Federación, Sociedad u otra Forma Asociativa), con personería Jurídica, siempre y cuando demuestren que los Locales Comerciales que van a adquirir serán arrendados a algún Comerciante Tradicional del Grupo Comercial al que pertenece dicho inmueble que pretende opcionar , adjuntando un Contrato de Arrendamiento Futuro, sujeto a condición resolutoria con dicho comerciante tradicional (Arrendatario) que ocuparía su eventual futuro local comercial en el proyecto, estos últimos a su vez deberán diligenciar el Formulario de Conocimiento del Eventual Futuro Ocupante de Local Comercial y el Formulario de Conocimiento y Vinculación de Persona Natural o Jurídica.

2.4. Requisitos de la opción de promesa de compraventa

2.4.1. Organizaciones productivas especializadas

Las Organizaciones Productivas Especializadas (Concedentes) a través de Asociaciones, Cooperativas, Corporaciones, Federaciones, Sociedades u otra forma asociativa, deben adjuntar los siguientes documentos:

  1. Formulario de Opción de Promesa de Compraventa, firmado con huella del Representante Legal del Concedente.
  2. Formulario de Conocimiento y Vinculación de Persona Natural o Jurídica, firmado con huella del Representante Legal del Concedente.
  3. Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del Representante Legal del Concedente, ampliada al 150%.
  4. Fotocopia del RUT.
  5. Certificado de Existencia y Representación Legal del Concedente, es decir de la Organización Productiva Especializada, expedido por la Cámara de Comercio con una antelación no superior a treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de radicación de los documentos.
  6. Estados financieros correspondientes al período fiscal de los años 2007 y 2008, debidamente certificados por contador público y revisor fiscal (si es el caso), o en su defecto por contador público independiente. Para el caso de Organizaciones Productivas Especializadas conformadas en el 2008, se deberán presentar los Estados Financieros del 2008, y para las conformadas en el 2009, se deberán presentar los Estados Financieros de Constitución.
  7. Declaración de renta de los años 2006 y 2007, con sus respectivas conciliaciones fiscales. Para el caso de Organizaciones Productivas Especializadas conformadas en el 2007, se deberá presentar la Declaración de Renta del 2007, y para las conformadas en el 2008 y 2009 ninguna Declaración de Renta.
  8. Luego de la radicación de los documentos el Concedente deberá presentar en el PAIV copia de la consignación Bancaria del 5% sobre el valor total de la Opción de Promesa de Compraventa, que se deberá realizar en el tiempo estipulado en esta Invitación y en la cuenta de ahorros del Banco de Bogotá destinada para el recaudo de los recursos, con la Tarjeta de Recaudo con código de barras que le será entregada una vez se reciban a satisfacción todos los Documentos de la Invitación.
2.4.1.1. Comerciantes - eventuales futuros propietarios y/o ocupantes de locales comerciales en el proyecto
  1. Formulario de Conocimiento y Vinculación de Persona Natural o Jurídica, firmado con huella del Representante Legal del Concedente o del Concedente Persona Natural.
  2. Formulario de Conocimiento del Eventual Futuro Ocupante de Local Comercial, Firmado con huella del Representante Legal de la Persona Jurídica o de la Persona Natural.
  3. Fotocopia de la Cedula de Ciudadanía del Representante Legal del Concedente Persona Jurídica o del Concedente Persona Natural ampliada al 150%.
  4. Certificado de Existencia y Representación Legal del Concedente Persona Jurídica, expedido por la Cámara de Comercio con una antelación no superior a treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de radicación de los documentos.
  5. Certificado de Matricula Mercantil del Concedente Persona Natural, expedido por la Cámara de Comercio de con una antelación no superior a treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de radicación de los documentos.
  6. Fotocopia de RUT.
  7. Estados financieros correspondientes al período fiscal de los años 2007 y 2008, debidamente certificados por contador público y revisor fiscal o en su defecto por contador público independiente, si es el caso.
  8. Declaración de renta de los años 2006 y 2007, con sus respectivas conciliaciones fiscales. Para el caso de Personas Jurídicas conformadas en el 2007, se deberá presentar la Declaración de Renta del 2007, y para las conformadas en el 2008 y 2009 ninguna Declaración de Renta.
  9. Luego de la radicación de los documentos el Concedente deberá presentar en el PAIV copia de la consignación Bancaria del 5% sobre el valor total de la Opción de Promesa de Compraventa, realizada en el tiempo estipulado en esta Invitación y en la cuenta de ahorros del Banco de Bogotá destinada para el recaudo de los recursos, con la Tarjeta de Recaudo con código de barras que le será entregada una vez se reciban a satisfacción todos los Documentos de la Invitación.
2.4.1.2. Inversionistas - eventuales futuros propietarios de locales comerciales en el proyecto
  1. Formulario de Conocimiento y Vinculación de Persona Natural o Jurídica, Firmado con huella del Representante Legal de la Persona Jurídica o de la Persona Natural, según sea el caso.
  2. Fotocopia de la Cedula de Ciudadanía del Representante Legal del Concedente Persona Jurídica o del Concedente Persona Natural ampliada al 150%.
  3. Fotocopia del Rut
  4. Certificado de Matricula Mercantil del Concedente Persona Natural, expedido por la Cámara de Comercio con una antelación no superior a treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de radicación de los documentos. ( Solo Personas Naturales )
  5. Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la cámara de comercio, con una antelación no superior a treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de radicación de los documentos ( Solo Personas Jurídicas)
  6. Estados financieros correspondientes al período fiscal del año 2.007 y 2008, debidamente certificados por contador público independiente.
  7. Declaración de renta de los años 2006 y 2007, con sus respectivas conciliaciones fiscales. Para el caso de Personas Jurídicas conformadas en el 2007, se deberá presentar la Declaración de Renta del 2007, y para las conformadas en el 2008 y 2009 ninguna Declaración de Renta.
  8. Contrato de Arrendamiento sujeto a condición resolutoria, con el Comerciante Tradicional que ocuparía su eventual futuro Local Comercial en el Proyecto, según formato anexo.
2.4.2. Concedentes individuales de Opciones de Promesa de Compraventa

Los Concedentes (Comerciante - eventuales futuros propietarios o Inversionista), que se presenten Individualmente como Persona Natural o Persona Jurídica, y los Comerciantes - eventuales futuros ocupantes de locales comerciales en el proyecto, deberán adjuntar los siguientes documentos según sea el caso:

  1. Formulario de Opción de Promesa de Compraventa, firmado con huella del Representante Legal del Concedente o del Concedente Persona Natural,
  2. Formulario de Conocimiento y Vinculación de Persona Natural o Jurídica, firmado con huella del Representante Legal del Concedente o del Concedente Persona Natural.
  3. Formulario de Conocimiento del Eventual Futuro Ocupante de Local Comercial, firmado con huella del Representante Legal de la Persona Jurídica o de la Persona Natural. ( Solo ocupantes de Local Comercial )
  4. Fotocopia de la Cedula de Ciudadanía del Representante Legal del Concedente Persona Jurídica o del Concedente Persona Natural ampliada al 150%.
  5. Certificado de Existencia y Representación Legal del Concedente Persona Jurídica, expedido por la Cámara de Comercio con una antelación no superior a treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de radicación de los documentos.
  6. Certificado de Matricula Mercantil del Concedente Persona Natural, expedido por la Cámara de Comercio con una antelación no superior a treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de radicación de los documentos.
  7. Fotocopia de RUT.
  8. Estados financieros correspondientes al período fiscal de los años 2007 Y 2008, debidamente certificados por contador público y revisor fiscal o en su defecto por contador público independiente, si es el caso.
  9. Declaración de renta de los años 2006 y 2007, con sus respectivas conciliaciones fiscales. Para el caso de Personas Jurídicas conformadas en el 2007, se deberá presentar la Declaración de Renta del 2007, y para las conformadas en el 2008 y 2009 ninguna Declaración de Renta.
  10. Para el caso de los Inversionistas, se deberá adjuntar Contrato de Arrendamiento, sujeto a condición resolutoria, con el Comerciante que ocuparía su eventual futuro Local Comercial en el Proyecto, según formato anexo.
  11. Luego de la radicación de los documentos el Concedente deberá presentar en el PAIV copia de la consignación Bancaria del 5% sobre el valor total de la Opción de Promesa de Compraventa, realizada en el tiempo estipulado en esta Invitación y en la cuenta de ahorros del Banco de Bogotá destinada para el recaudo de los recursos, con la Tarjeta de Recaudo con código de barras que le será entregada una vez se reciban a satisfacción todos los Documentos de la Invitación.

El Concedente podrá suministrar documentación adicional a la antes enumerada con el fin de poder demostrar su calidad de GENERADOR DE SOSTENIBILIDAD.

La entrega del Formulario de Opción de Promesa de Compraventa, con sus respectivos anexos, firma, huella y sello de recibido de la misma, prueba la aceptación irresoluble por parte del concedente de todas las condiciones y requisitos establecidos en la Invitación #2.

Ver Anexo: Formularios correspondientes a la Invitación #2.

Ver Anexo: Prospecto y Reglamento Cartera Colectiva Abierta del Mercado Monetario Sumar (Fiduciaria Bogotá S.A.)

Los documentos que se anexan y la información que se suministre en los diferentes formularios por parte de los concedentes de las Opciones de Promesa de Compraventa o por los eventuales futuros arrendatarios de locales comerciales en el proyecto y para el caso de las organizaciones productivas especializadas, por cada uno de sus miembros asociados, se consideraran presentados bajo la gravedad del juramento.

La información falsa, reticente o imprecisa será causal de rechazo de la opción de promesa de compraventa en su totalidad.

2.5. Condiciones de la opción de promesa de compraventa y motivos de rechazo

Para la formulación de la opción de promesa de compraventa, los interesados deben tener en cuenta las siguientes condiciones:

  1. La presente invitación no es una oferta pública, ni un pliego de licitación, es simplemente una invitación a los interesados a que formulen sus Opciones de Promesa de Compraventa.
  2. Cada una de las Opciones de Promesa de Compraventa, en el caso de las Organizaciones Productivas Especializadas, se debe circunscribir a un solo Grupo Comercial Predominante y los inmuebles serán escriturados a los Miembros Asociados, relacionados por la Organización Productiva Especializada en la Opción de Promesa de Compraventa, lo cual deberá estar plasmado en la futura Promesa de Compraventa.
  3. Para el caso en que el Concedente sea una Persona Natural o una Persona Jurídica que presenta la Opción en nombre propio y no de sus integrantes, este podrá como mínimo conceder Opción de Promesa de Compraventa por un (1) Local Comercial y máximo por cinco (5) Locales Comerciales, salvo casos especiales autorizados expresamente por la Junta del Fideicomiso. Para lo cual deberá utilizar un Formulario de Opción de Promesa de Compraventa por cada unidad opcionada.
  4. Para el caso de las Organizaciones Productivas Especializadas (Concedente), pueden presentar opción de promesa de compraventa por una o varias Secciones Completas de Locales Comerciales siempre y cuando sean para el mismo Grupo Comercial Predominante y dichas secciones se encuentren en diferente piso del mismo edificio. Para lo cual deberá utilizar un Formulario de Opción de Promesa de Compraventa por cada sección opcionada.
  5. Sólo se podrán presentar Opciones de Promesa de Compraventa por las Unidades Inmobiliarias que se encuentran en el inventario inmobiliario disponible para la Invitación #2.

En consecuencia, se rechazará de plano las Opciones de Promesa de Compraventa cuando:

  1. Se presenten Opciones de Promesa de Compraventa, por inmuebles que son partes o fracciones de una sección, es decir cuando no se presenta por una Sección Completa de Locales Comerciales (Sólo para el caso de las Organizaciones Productivas Especializadas).
  2. El Valor Total de la Opción de Promesa de Compraventa, sea diferente al precio preestablecido en el anexo llamado : Inventario Inmobiliario Disponible para la Invitación #2
  3. Se adjunten a los diferentes Formularios documentos falsos y/o se suministre información reticente o no veraz.
  4. Se presenten los Formularios de Opción de Promesa de Compraventa y/o Formularios de Conocimiento y Vinculación Persona Natural o Jurídica y/o Formularios de Conocimiento del Eventual Futuro Ocupante de Local Comercial, sin la firma y huella respectiva.
  5. Cuando NO se realice, la consignación del 5% del valor total de la Opción de Promesa de Compraventa, máximo hasta los 5 días hábiles siguientes a la fecha de cierre de la Invitación #2, radicada en el Punto de Atención, Información y Ventas (P.A.I.V.).
  6. Cuando se encuentre reportado en el SARLAFT el Concedente que se presento Individualmente
  7. Cuando se encuentre reportado en el SARLAFT el Eventual Futuro Arrendatario de Local Comercial en el Proyecto.
  8. Cuando se encuentre reportado en el SARLAFT la Organización Productiva Especializada (Concedente) y/o el Representante Legal del Concedente y/o cualquiera de sus Miembros Asociados (Persona Natural o Jurídica).

2.6. Las secciones e inmuebles objeto de opción de promesa de compraventa

Las secciones objeto de Opción de Promesa de Compraventa son áreas inmobiliarias ubicadas dentro de las Torres y Niveles de las edificaciones. Cada sección está conformada por un grupo de Locales Comerciales los cuales están identificados con un código o serie que se encuentra claramente indicado en los planos del proyecto y/o en el Inventario inmobiliario del mismo.

Cada una de las Secciones del Proyecto a presentar opción de promesa de compraventa contiene varias Unidades Inmobiliarias, que por encontrarse en etapa de diseño podrán ser subdivididas, englobadas, o desaparecidas.

2.7. Contenido mínimo de las opciones de promesa de compraventa

Las Opciones de Promesa de Compraventa deberán contener de manera clara y expresa las condiciones mínimas como, los datos generales del Concedente, el valor de las secciones o local comercial objeto de la opción, la forma de pago de la Cuota Inicial y el plazo de vigencia de la misma.

2.7.1. Presentación libre de opciones de promesa de compraventa

Todas y cada uno de las personas Jurídicas o Naturales que atiendan la presente invitación deberán concurrir libremente a presentar opción de promesa de compraventa de futuras unidades inmobiliarias destinadas a Locales comerciales, consintiendo en todas las condiciones y/o etapas del proyecto.

2.7.2. Valor de la Sección o Local Comercial opcionado

La opción de promesa de compraventa contendrá el valor de las sección o del local comercial individual a adquirir, este deberá estar acorde a los precios predefinidos en el "Inventario Inmobiliario Disponible para la Invitación #2"

2.7.3. Forma de Pago

La opción de promesa de compraventa tendrá la siguiente forma de pago:

  1. Formalización de la Opción: Cinco por ciento (5%) del valor total de la Opción de Promesa de Compraventa, valor este que se consignara en la cuenta de ahorros destinada para el proyecto en el Banco de Bogotá, de la cual se destinarán los recursos correspondientes al encargo fiduciario particular de cada Concedente, en la Cartera Colectiva Abierta del Mercado Monetario SUMAR como parte de pago de la Sección o local individual, opcionado en venta , dentro de los 5 días hábiles siguientes a la presentación de la opción de promesa de compraventa, con la Tarjeta de Recaudo con código de barras que le será entregada a cada eventual futuro Concedente, previa recepción de la documentación completa. En caso de que el invitado reciba la notificación correspondiente de que ha sido rechazado como Concedente de la Opción de Promesa de Compraventa, este se libera de la obligación de comprar al futuro vendedor y su dinero más los rendimientos generados, si los hay, menos los impuestos que apliquen, podrán ser retirados por el Concedente en el momento en que este lo decida.
  2. Diez por ciento (10%) del valor total de la Opción de Promesa de Compraventa, que se cancelará en una (1) cuota pagadera dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que se envió la comunicación. (Ver numeral 2.10.3). Este valor se deberá consignar en la cuenta de ahorros destinada para el proyecto en el Banco de Bogotá, (con la Tarjeta de Recaudo con código de barras que le fue entregada), de la cual se destinarán los recursos correspondientes al encargo fiduciario particular en la Cartera Colectiva Abierta del Mercado Monetario SUMAR, administrado por Fiduciaria Bogotá S.A., a nombre del Concedente, siempre y cuando haya recibido una comunicación escrita que le confirma que continua como concedente de la opción de promesa de compraventa.
  3. El Quince por ciento (15%) del valor total de la Opción de Promesa de Compraventa, en tres (3) cuotas mensuales iguales, que se pagaran de la siguiente manera, un primer desembolso del 5% dentro del mes siguiente a la fecha de consignación correspondiente al 10% pagado, un segundo desembolso del 5% dentro del mes siguiente a la anterior y ultima consignación y por ultimo, un tercer desembolso del 5% en el mes siguiente a la anterior y ultima consignación, con el fin de completar el 15 % arriba mencionado. Estas cuotas se deberán consignar en la cuenta de ahorros destinada para el proyecto en el Banco de Bogotá con la Tarjeta de Recaudo de código de barras que le fue entregada, de la cual se destinarán los recursos correspondientes al encargo fiduciario particular en la Cartera Colectiva Abierta del Mercado Monetario SUMAR, administrado por Fiduciaria Bogotá S.A., a nombre del Concedente.
  4. A partir de la firma de la Promesa de compraventa: Cincuenta por ciento (50%) del valor total del inmueble (s), en Diez y Ocho (18) cuotas mensuales iguales, que se pagaran a partir del mes siguiente de la firma de la Promesa de Compraventa. Estas cuotas se deberán consignar en la fecha establecida en el plan de pagos dispuesto en dicha Promesa de Compraventa, mediante consignación en la cuenta de ahorros destinada para el proyecto en el Banco de Bogotá (con la Tarjeta de Recaudo con código de barras que le fue entregada) de la cual se destinarán los recursos correspondientes al encargo fiduciario particular, para ser trasladados al Fideicomiso CENTRO INTERNACIONAL DE COMERCIO MAYORISTA, en la Cartera Colectiva Abierta del Mercado Monetario SUMAR administrado por Fiduciaria Bogotá S.A.
  5. Saldo: Veinte por ciento (20%) restante contra subrogación bancaria o previo a la escrituración del o los Inmuebles a los Miembros Asociados, es decir a las Personas Naturales o Jurídicas relacionadas por la Organización Productiva Especializada, con la presentación de la presente invitación o a los Concedentes que se presentaron de manera Individual, Este valor se deberá consignar en la cuenta de ahorros destinada para el proyecto en el Banco de Bogotá (con la Tarjeta de Recaudo con código de barras que le fue entregada).
2.7.4. Reajuste del precio de la sección o local comercial opcionado, ocasionado por ajuste Técnico - Arquitectónico del Proyecto

En la opción de promesa de compraventa se aceptará reajustar el valor de la sección o local opcionado en consideración a que el Proyecto SANVICTORINO Centro Internacional de Comercio Mayorista se encuentra en fase de anteproyecto y sus áreas pueden ser reajustadas en los diseños definitivos o como resultado de las solicitudes y recomendaciones de los interesados en el proyecto. En dicho evento, se comunicará a los Concedentes de las Opciones de Promesas de Compraventa aceptadas, y/o Clientes en general, los ajustes de los diseños y el correspondiente ajuste económico del negocio Inmobiliario, en cuyo caso se aplicará el siguiente procedimiento: Se multiplica la nueva área resultante por el valor del metro cuadrado indicado en cada una de las Opciones de Promesa de Compraventa y se ajustara el valor en la última cuota a pagar. En caso de que la variación sea superior al 25% del área del local opcionado, el Concedente podrá desistir de la opción sin penalidad.

2.7.5. Vigencia de la Opción de Promesa de Compraventa

En la Opción de Promesa de Compraventa se indicará de manera expresa que su vigencia es de doce (12) meses contados a partir de la fecha de cierre de la recepción de las Opciones de Promesa de Compraventa, período en el cual el Fideicomiso del Patrimonio Autónomo "SANVICTORINO Centro Internacional de Comercio Mayorista ", cuyo vocero es la Fiduciaria Bogotá S.A., deberá notificar, por instrucción de la Junta del Fideicomiso la aceptación de la opción al posible futuro comprador como Concedente de la opción, y así mismo notificara que se ejercerá el derecho de optar por la Promesa de compraventa. Vencido dicho plazo, sin que el Fideicomiso del Patrimonio Autónomo "SANVICTORINO Centro Internacional de Comercio Mayorista", cuyo vocero es la Fiduciaria Bogotá S.A., haya notificado, el Concedente Comprador, quedará liberado de su obligación de comprar.

La aceptación a la opción de promesa de compraventa se entenderá hecha en la fecha en que el Fideicomiso del Patrimonio Autónomo "SANVICTORINO Centro Internacional de Comercio Mayorista", cuyo vocero es la Fiduciaria Bogotá S.A., envié comunicación escrita notificando la aceptación de la opción.

2.8. Contenido adicional incorporado a las opciones de promesa de compraventa

Las siguientes condiciones adicionales se entenderán incorporadas a las Opciones de Promesa de Compraventa que sean concedidas.

2.8.1. Consignaciones

Los Concedentes realizarán todos los pagos, única y exclusivamente, en los centros de pago y oficinas del Banco de Bogotá mediante el uso de la tarjeta de recaudo con código de barras entregada en el momento de radicación de la Opción de Promesa de Compraventa en el Punto de Atención, Información y Ventas (P.A.I.V.) del Proyecto. No se aceptarán consignaciones sin la tarjeta de recaudo, ni pagos mixtos (Cheques y Efectivo). Adicionalmente, solo se recibirá un solo cheque por consignación.

Para aquellos Concedentes a quienes les fue rechazada la Opción de Promesa de Compraventa (de conformidad con lo dispuesto en el punto 1 del numeral 2.7.3 del presente documento), estos recursos consignados en los encargos fiduciarios individuales más los rendimientos generados, si los hay, menos los impuestos que apliquen, podrán ser retirados por el Concedente en el momento en que este lo decida.

En caso de que la Opción de Promesa de Compraventa no sea rechazada, los recursos correspondientes al encargo fiduciario particular en la Cartera Colectiva Abierta del Mercado Monetario SUMAR, administrado por Fiduciaria Bogotá S.A., a nombre del Concedente y una vez cumplido el punto de equilibrio y aceptadas las Opciones de Promesa de Compraventa, dichos recursos ingresarán al patrimonio autónomo del Fideicomiso SANVICTORINO Centro Internacional de Comercio Mayorista cuyo vocero es la Fiduciaria Bogotá S.A.

2.8.2. Retracto de la opción

Los Concedentes que se retracten de la presente opción de promesa de compraventa, perderán el 20% del valor depositado en el respectivo encargo fiduciario a titulo de pago del derecho de retracto.

Los Concedentes que desistan en forma unilateral del negocio con posterioridad a la aceptación de la opción de promesa de compraventa, o con posterioridad a la celebración de la Promesa de Compraventa, pagarán por ejercicio del derecho de retracto un equivalente al veinte por ciento (20%) del valor de los dineros que deberían estar pagados a la fecha del retracto.

El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por el CONCEDENTE, se tendrá como retracto de su Opción o de la Promesa de Compraventa.

Para efectos de lo anterior, también se considerará que existe incumplimiento cuando exista una mora superior a 60 días calendario, en cualquiera de los pagos previstos; ejercido el retracto, la Junta del Fideicomiso no ejercerá el derecho de opción concedido y dispondrá libremente de los bienes opcionados, caso en el cual, aplicará la sanción antes mencionada según el caso y los saldos en dinero que correspondan al Concedente incumplido, podrán ser retirados por este, previa comunicación del evento por parte de la Gerencia del Proyecto e instrucción de la Junta del Fideicomiso.

También se tendrá como retracto la no firma de la Promesa de Compraventa en el plazo señalado por el Fideicomiso SANVICTORINO Centro Internacional de Comercio Mayorista cuyo vocero es la Fiduciaria Bogotá S.A.

La suma correspondiente al retracto será descontada de los dineros que se hayan entregado por cuenta del CONCEDENTE a LA FIDUCIARIA, o de las sumas que con ocasión del retracto deba entregar el PROMITENTE VENDEDOR al PROMITENTE COMPRADOR previa validación e instrucción por parte de la Junta del Fideicomiso.

En cualquiera de los casos anteriormente mencionados, los recursos sobrantes, podrán ser retirados de los respectivos encargos fiduciarios por el Concedente.

2.8.3. Transferencia de Derechos

Los derechos de los Concedentes derivados del ejercicio de la opción de promesa de compraventa, y/o de la aceptación de la opción de promesa de compraventa y/o de la promesa de compraventa de futuras unidades inmobiliarias destinadas a Locales Comerciales son intransferibles, salvo para la Organización Productiva Especializada, que la transferencia solo y exclusivamente se podrá hacer entre sus Miembros Asociados relacionados en el correspondiente anexo de la Opción de Promesa de Compraventa.

Los derechos derivados de la Escrituración de las unidades inmobiliarias destinadas a Locales Comerciales estarán sujetos a derecho de preferencia a favor de los otros propietarios de la propiedad horizontal, que se reglamentará en el reglamento de propiedad horizontal.

La Posición contractual y los derechos que se derivan para el CONCENDENTE de la opción de promesa de compraventa, y/o de la aceptación de la opción de promesa de compraventa y/o de la promesa de compraventa de futuras unidades inmobiliarias destinadas a Locales Comerciales no serán transferibles, salvo para la Organización Productiva Especializada que solo y exclusivamente se podrá hacer entre sus Miembros Asociados relacionados en el correspondiente anexo de la Opción de Promesa de Compraventa

2.8.4. Régimen de Propiedad Horizontal

Las Secciones y/o Inmuebles del proyecto estarán sujetos al régimen de propiedad horizontal (Ley 675 de 2001 o normas que le modifiquen, complementen o sustituyan), razón por la cual los Concedentes, Prometientes Compradores y/o Clientes en general, aceptan de manera anticipada el Reglamento de Propiedad Horizontal de San Victorino Centro Internacional de Comercio Mayorista, que será formalizado una vez haya sido construido el/los edificios/s relacionados con la misma Copropiedad. En el reglamento de Propiedad Horizontal, se podrá sujetar la vinculación del titular de la propiedad de los inmuebles del proyecto a un ente gremial o colectivo, que permita la administración adecuada del proyecto.

2.8.5. Sanciones de Apertura del Proyecto

En el Reglamento de Propiedad Horizontal podrán quedar estipuladas cláusulas y sanciones con el fin de que todos Productos inmobiliarios del Proyecto estén abiertos al Público el día de la Inauguración.

2.8.6. Gastos de Escrituración

Ejercido el derecho de opción y por lo tanto aceptada la opción de promesa de compraventa por parte del Fideicomiso SANVICTORINO Centro Internacional de Comercio Mayorista cuyo vocero es la Fiduciaria Bogotá S.A. según instrucción de la Junta del Fidecomiso, se suscribirá la promesa de compraventa en la que se dejará expreso que los gastos de escrituración de los inmuebles opcionados y prometidos en venta correrán en su totalidad a cargo del futuro comprador. Dichos gastos son los gastos de Notaria, al igual que los correspondientes a la escrituración y registro de la escritura pública de compraventa que se suscriba.

2.8.7. Verificación de Información

La Junta del Fideicomiso, la Fiduciaria Bogotá S.A. y/o la Gerencia del Proyecto se reservan el derecho de verificar la información y/o documentos contenidos en cada una de las Opciones de Promesa de Compraventa, y en caso de encontrar alguna inexactitud, o alteración de documentos, se considerará que hubo incumplimiento y por tal razón se procederá a comunicar a dicho Concedente que fue rechazada su Opción de promesa de Compraventa y que podrá retirar los recursos consignados en los encargos fiduciarios individuales más los rendimientos generados, si los hay, menos los impuestos que apliquen, sin perjuicio de la indemnización a que hubiere lugar a favor del vendedor, evento que se entenderá como ejercicio del derecho de retracto por parte del CONCEDENTE.

Nota: Las secciones o Locales Comerciales opcionados según sea el caso en promesa de compraventa, podrán ser financiadas por entidades financieras, algunas de las cuales han manifestado su interés en financiar a los futuros propietarios de los inmuebles del Proyecto San Victorino. Para mayor información sobre estos mecanismos de financiación los concedentes podrán consultar a los asesores comerciales del proyecto, y/o a la entidad financiera con la cual tengan relaciones comerciales.

2.9. Procedimiento de evaluación de la opción de promesa de compraventa

2.9.1. Descripción del Proceso

Revisadas las Opciones de Promesa de Compraventa en sus aspectos de forma, jurídicos, cuantitativos y cualitativos, la Gerencia del Proyecto procederá a aplicar el INSTRUMENTO DE SELECCIÓN DE GENERADORES DE SOSTENIBILIDAD. Adelantado este proceso convocará al Comité Evaluador para que revise las Opciones de Promesa de Compraventa preseleccionadas y produzca las recomendaciones del caso a la Junta del Fideicomiso. La Junta del Fideicomiso podrá aceptar las recomendaciones del Comité Evaluador o apartarse y generar la instrucción pertinente a la Gerencia del Proyecto. Mientras no exista rechazo de la opción, se podrán solicitar las aclaraciones y precisiones que se consideren convenientes.

Estas aclaraciones y precisiones serán solicitadas al CONCEDENTE. En el caso de aquellas opciones que no sean rechazadas, se podrá advertir al CONCEDENTE que el OPTANTE se reserva el derecho de aceptarlas o rechazarlas más adelante dentro del plazo concedido. En caso de rechazo de la opción de promesa de compraventa, se informará a los eventuales futuros Concedentes mediante comunicación escrita por correo certificado, que ha sido rechazado como Concedente de la Opción de Promesa de Compraventa.

2.9.2. Plazos para la evaluación de las Opciones de Promesa de Compraventa

En cualquier momento del proceso de evaluación de las Opciones de Promesa de Compraventa, se enviarán originales y/o copias de las Opciones de Promesa de Compraventa a la Fiduciaria Bogotá S.A., con el ánimo de verificar la procedencia de los recursos aportados por el Concedente y sus Miembros Asociados para el caso de las Organizaciones Productivas Especializadas, respecto al SARLAFT (Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de Financiación del Terrorismo).

2.9.3. Procedimiento de evaluación de las Opciones de Promesa de Compraventa

Para la evaluación de las opciones se observará el siguiente procedimiento:

2.9.3.1. Verificación que las Opciones de Promesa de Compraventa estén completas

La Gerencia del Proyecto revisará que el Formulario de Opción de Promesa de Compraventa contenga todos los anexos requeridos, que esté firmado y con huella del representante legal si es del caso, que tenga el sello de recibido de la misma y el correspondiente adhesivo con código de barras.

En el evento en que falte algún documento soporte o la firma y/o la huella al Formulario de Opción de Promesa de Compraventa, se contactará inmediatamente, telefónicamente y por escrito, al Concedente para que proceda a diligenciar la observación formulada en el término de (2) días contados a partir de la fecha de requerimiento.

2.9.3.2. Verificación cumplimiento de requisitos jurídicos

La Gerencia del Proyecto pondrá en estudio de los abogados que para el efecto designe, la verificación acerca del cumplimiento de los requisitos jurídicos de los Concedentes Persona Natural que se presentaron Individualmente o a los Representantes Legales de los Concedentes Persona Jurídica que se presentaron individualmente o a los Representantes Legales de las Organizaciones Productivas, al igual que de sus Miembros Asociados y del precio de las secciones opcionadas, quienes deberán producir el respectivo informe jurídico o listado de las Opciones de Promesa de Compraventa viables y de las no viables.

2.9.3.3. Verificación Financiera

La Gerencia del Proyecto remitirá a la Fiduciaria los siguientes listados: Listado con los Concedentes Persona Natural que se presentaron Individualmente, Listado con los Representantes Legales de los Concedentes Persona Jurídica que se presentaron individualmente y Listado con los Representantes Legales de las Organizaciones Productivas Especializadas con sus Miembros Asociados, para poder verificar que no se encuentren reportados en el SARLAFT, estos a su vez deberán enviar el respectivo informe a la Gerencia del Proyecto, para que esta diligencie el INSTRUMENTO DE SELECCIÓN DE GENERADORES DE SOSTENIBILIDAD con el fin de evaluar las Opciones de Promesa de Compraventa presentadas por los Concedentes no reportados en el SARLAFT (Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de Financiación del Terrorismo).

2.9.4. Asignación de puntaje a las Opciones de Promesa de Compraventa habilitadas

Concluidas las verificaciones anteriores, la Gerencia del Proyecto aplicará el INSTRUMENTO DE SELECCIÓN DE GENERADORES DE SOSTENIBILIDAD, a cada uno de los Concedentes que se presentaron Individualmente, a cada uno de los Eventuales Futuros Arrendatarios de Locales Comerciales en el proyecto y a los Miembros Asociados de las Organizaciones Productivas Especializadas, de acuerdo con los siguientes Criterios: (Criterio Arraigo en el Sector, Criterio Espacialidad, Criterio Formalidad Empresarial, Criterio Base Financiera y Criterio Base Inclusión Social).

Para el Proyecto Sanvictorino Centro Internacional de Comercio Mayorista, es fundamental contar con los mejores clientes ,quienes se constituyen en Generadores de Sostenibilidad entendiéndose como tal, actores que por sí solos, tienen la capacidad de generar grandes volúmenes de clientes y ventas en los sistemas inmobiliarios comerciales y/o empresariales, e inducir y/o apoyar propositivamente a los demás establecimientos aledaños, sea en su ámbito empresarial, social, urbano y/o inmobiliario.

Para la selección de ese generador de sostenibilidad desde criterios objetivos y técnicos se aplicará el Instrumento de Selección de Generadores de Sostenibilidad que tiene como fin indagar sobre condiciones con que cuentan los invitados a participar en el proyecto, en calidad de eventuales concedente de opción de promesa de compraventa. Estos aspectos permiten caracterizar a ese cliente por su antigüedad y arraigo en el sector de San Victorino, el mejor uso o manejo del espacio comercial privado o en algunos casos público, la formalidad de su negocio, su experiencia y manejo financiero y lo concerniente a la inclusión social entendiéndolo como las oportunidades laborales que genere su negocio.

La mecánica de diligenciamiento de ese Instrumento de Selección de Generadores de Sostenibilidad consiste en marcar con una "X" la opción que mejor identifique su actividad comercial dentro de un listado de 22 preguntas para las cuales se presentan opciones de respuesta.

Una vez respondidas las variables, están serán objeto de evaluación a través de un análisis técnico que arrojará como resultado una calificación ponderada y un porcentaje que permite definir así a los mejores Generadores de Sostenibilidad.

2.9.4.1. Criterio arraigo en el sector

Se busca con este criterio establecer, cuantitativa y cualitativamente, las Características Comerciales, la Representatividad y la Antigüedad Comercial del Comerciante.

2.9.4.2. Criterio espacialidad

Se busca con este criterio establecer cuantitativa y cualitativamente, la Localización y Ocupación Espacial, la Permanencia o Temporalidad, en Inmueble Privado o Espacio Público, así como el número de locales comerciales y el horario en el que desarrolla dicha actividad.

2.9.4.3. Criterio Formalidad Empresarial

Se busca con este criterio conocer el carácter asociativo del Comerciante en cuanto a su Actividad Comercial, la Formalidad Comercial con la que cuenta, el Tipo de comercio (al Por mayor, al Por menor o al Detal) , el Área de incidencia o influencia , el Monto de sus ventas y el Perfil de sus clientes.

2.9.4.4. Criterio Base Financiera

En este criterio se busca indagar por la historia crediticia, el manejo financiero y la capacidad crediticia del Comerciante

2.9.4.5. Criterio Base inclusión social

En este criterio lo que se busca es determinar en el Comerciante, la Responsabilidad Social en el desempeño de su Actividad Comercial en la medida que genera Empleo Permanente y Temporal, con los respectivos cumplimientos en los pagos de seguridad social y para fiscales, si vinculan personas con dependencia económica como mujeres cabeza de hogar y personas con limitaciones físicas.

2.10. Procedimiento a ejecutarse una vez estudiadas las opciones de promesa de compraventa

Preseleccionadas las Opciones de Promesa de Compraventa la Junta del Fideicomiso, podrá aceptar las recomendaciones del Comité Evaluador o apartarse y generar la instrucción pertinente a la Fiduciaria vocera del Fideicomiso. En caso de NO rechazo de la opción de promesa de compraventa, el Fideicomiso SANVICTORINO Centro Internacional de Comercio Mayorista cuyo vocero es la Fiduciaria Bogotá S.A., por instrucción de la Junta del Fideicomiso informará a los eventuales futuros Concedentes mediante comunicación escrita, que continua como Concedente de la Opción de Promesa de Compraventa y que su opción será considerada más adelante, y en caso de rechazo de la opción de promesa de compraventa, igualmente la Fiduciaria como vocera del Fideicomiso informará a los eventuales futuros Concedentes mediante comunicación escrita que ha sido rechazado como Concedente de la Opción de Promesa de Compraventa.

2.10.1. Procedimiento

Cuando el Comité Evaluador haya presentado su recomendación, la Junta del Fideicomiso revisará la evaluación de todas las Opciones de Promesa de Compraventa preseleccionadas y rechazadas, y generará una instrucción a la Fiduciaria Bogotá S.A. para que realice la divulgación a todos los eventuales futuros Concedentes que no hayan cumplido con los requerimientos de dicha Invitación y a aquellos que no sean rechazados, que continuarán en el proceso para ser considerados más adelante

2.10.2. Comunicación de rechazo como concedentes de la Opción de Promesa de Compraventa

En caso de rechazo de la Opción de Promesa de Compraventa, el Fideicomiso SANVICTORINO Centro Internacional de Comercio Mayorista cuyo vocero es la Fiduciaria Bogotá S.A., por instrucción de la Junta del Fideicomiso informará a los eventuales futuros Concedentes mediante comunicación escrita por correo certificado que ha sido rechazado como Concedente de la Opción de Promesa de Compraventa, el rechazo se entenderá surtido el día de envió de la comunicación.

2.10.3. Comunicación del no rechazo como concedente de la Opción de Promesa de Compraventa

En caso de NO rechazo de la Opción de Promesa de Compraventa, el Fideicomiso SANVICTORINO Centro Internacional de Comercio Mayorista cuyo vocero es la Fiduciaria Bogotá S.A., por instrucción de la Junta del Fideicomiso informará a los eventuales futuros Concedentes mediante una comunicación escrita, enviada por Correo Certificado a la dirección contenida en el Formulario de Opción de Promesa de Compraventa, que continúan como Concedente de la Opción de Promesa de Compraventa y que su opción será considerada más adelante. El OPCIONADO podrá requerir precisiones en cuanto a los Locales Comerciales o a las Secciones de Locales Comerciales Opcionadas, Valores Individuales, Identificación, el Plan de Pagos resultante de la Operación, y demás aspectos que se consideren relevantes.

2.10.4. Promesas de compraventa

Una vez se declare el Punto de Equilibrio del Proyecto o de la Etapa, se comunicara el ejercicio de la Opción de Promesa de Compraventa por parte del opcionado, se dará inicio al proceso de formalización y legalización de las Promesas de Compraventa por los Locales Comerciales o Secciones de Locales Comerciales Opcionadas. Con el ejercicio de la opción concedida, los dineros que se encuentren en los encargos fiduciarios particulares en la Cartera Colectiva Abierta del Mercado Monetario SUMAR, administrado por Fiduciaria Bogotá S.A. ingresarán al patrimonio autónomo del proyecto y se dará inicio a la construcción del mismo. Una vez ejercida la Opción de Promesa de Compraventa, EL CONCEDENTE se obliga a suscribir la Promesa de Compraventa correspondiente en el plazo indicado en la notificación de la opción. En el evento que no se llegare a alcanzar la declaratoria de Punto de Equilibrio, por circunstancias de fuerza mayor, caso fortuito, vicios redhibitorios, o por actos de autoridad competente, no se pueda desarrollar el proyecto, no se ejercerá el derecho de opción de promesa de compraventa, caso en el cual la Fiduciaria Bogotá S.A. procederá por instrucción de la Junta del Fideicomiso , dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de declaratoria del no cumplimiento del Punto de Equilibrio, a la devolución de los dineros que se encuentren en encargo fiduciario en la Cartera Colectiva Abierta del Mercado Monetario SUMAR, descontando únicamente los impuestos que apliquen.

2.11. Adendas

En caso de considerarse oportuno o necesario, la Junta del Fideicomiso del Proyecto podrá emitir documentos aclaratorios, modificatorios o adendas a la presente Invitación, caso en el cual procederá a realizar la debida comunicación en Punto de Atención, Información y Ventas (P.A.I.V.) del Proyecto.

2.12. Otros aspectos a tener en cuenta por los concedentes

La presente Invitación contiene la totalidad de los requisitos y condiciones que deben atender las personas invitadas a conceder Opción de Promesa de Compraventa de Futuras Unidades Inmobiliarias en el proyecto "SANVICTORINO Centro Internacional de Comercio Mayorista".

En todo caso, durante el proceso de invitación y antes del vencimiento del término previsto para presentar las Opciones de Promesa de Compraventa, se resolverán todas y cada una de las dudas e interrogantes que se formulen sobre las condiciones de la invitación y el proyecto en general por parte de la Gerencia del Proyecto. Para tal efecto, se recibirán las solicitudes de información adicional, dudas e interrogantes en el Punto de Atención, Información y Ventas (P.A.I.V.) del Proyecto.

Por lo anterior, con la entrega del Formulario de Opción de Promesa de Compraventa diligenciado, firmado y acompañado con sus respectivos anexos, se entiende que:

  • El Concedente recibió la información necesaria para formular la Opción de Promesa de Compraventa. En consecuencia, no es fundamento válido de futuras reclamaciones el desconocimiento que llegaré alegar sobre los requisitos y condiciones que regulan la presente invitación o sobre el proyecto, en tanto que es su deber formular los interrogantes y preguntas que a bien tenga.
  • El Concedente estudió la presente Invitación y sus anexos, obtuvo aclaraciones sobre aspectos y/o estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, conoce la naturaleza de la invitación
  • El Concedente al conceder la Opción de Promesa de Compraventa, lo hace de manera consciente, libre, espontánea, legal, precisa y coherente.
  • El Concedente entiende que todos los documentos de la invitación se complementan mutuamente, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado en todos.
  • El contenido de la Invitación #2 refleja todas y cada una de las condiciones que regulan la invitación a presentar Opción de Promesa de Compraventa y los procesos que en virtud de las mismas se desarrollen. Por lo tanto, las interpretaciones o deducciones personales que estén en contravía de lo establecido en esta invitación son de su exclusiva responsabilidad; y por lo tanto, la Empresa de Renovación Urbana, la Junta del Fideicomiso, Fiduciaria Bogotá S.A., la Gerencia del Proyecto, los Diseñadores y/o Constructores y/o Interventores del proyecto no son, ni serán responsables por descuidos, omisiones, conjeturas, suposiciones, malas interpretaciones en los que el Concedente incurra de manera infundada, que le sean desfavorables y/o que puedan incidir en la elaboración de la Opción de Promesa de Compraventa .
  • El Concedente acepta que la presente Invitación hace parte integral de su Opción de Promesa de Compraventa.
  • El Concedente comprende que con la presentación de la Opción de Promesa de Compraventa se compromete jurídicamente en la adquisición de futuras unidades inmobiliarias.
  • El Concedente acepta que las especificaciones técnicas del proyecto y/o de los inmuebles que adquiera sean establecidas progresivamente durante su desarrollo, de acuerdo con las decisiones que adopte la JUNTA DEL FIDEICOMISO, y que las mismas pueden llegar a variar por razones de orden técnico, comercial, y/o administrativas en procura del éxito operacional del proyecto.
  • El Concedente entiende que la determinación de las condiciones técnicas de las futuras unidades inmobiliarias destinadas a Locales Comerciales sólo se concretará gradualmente en el proceso de construcción del proyecto que equivale a la etapa operativa y la plena determinación de las condiciones técnicas de las unidades inmobiliarias solo se verificará con la finalización del proyecto.
  • Los destinatarios de esta invitación saben a ciencia cierta que no están obligados a presentar Opciones de Promesa de Compraventa, para esta, ni para ninguna de las invitaciones que se le extiendan en el futuro para el mismo proyecto. No obstante lo anterior, tendrán libertad de vincularse, bajo otra modalidad jurídico-comercial diferente, a la presente invitación, en cualquiera de las etapas comerciales posteriores.
  • El Concedente entiende que con la presentación de su Opción de Promesa de Compraventa esta autorizando de manera irrevocable a la ERU, Fiduciaria Bogotá S.A., la Junta del Fideicomiso, y/o a la Gerencia del Proyecto, para que con fines estadísticos de control, supervisión e información comercial, puedan solicitar y/o reportar a la Central de Información de la Asociación Bancaria de Colombia CIFIN, y/o a cualquier otra entidad que maneje bases de datos con los mismos propósitos; el nacimiento, modificación y extinción de obligaciones contraídas con anterioridad con Entidades Financieras y las obligaciones que se contraigan producto de la formulación de esta Opción de Promesa de Compraventa. Que los datos obtenidos y reportados sean utilizados para el estudio de esta Opción de Promesa de Compraventa, o para fines del negocio que se celebre, sin que ello incurra en violación al derecho de intimidad, permitiendo también el acceso a bases de datos internacionales.
  • El Concedente autoriza a la ERU, Fiduciaria Bogotá S.A., la Junta del Fideicomiso, y/o a la Gerencia del Proyecto, para verificar la información por él suministrada en la Opción de Promesa de Compraventa y sus documentos anexos.
  • El Concedente manifiesta con la presentación de la Opción de Promesa de Compraventa haber leído, entendido y aceptado, el prospecto y reglamento de la Cartera Colectiva Abierta del Mercado Monetario SUMAR que se encuentra en el CD entregado con esta Invitación.

Por todo lo anterior, los invitados a formular Opción de Promesa de Compraventa, aceptan y se obligan íntegramente con el contenido de este documento correspondiente a la "Invitación #2".

 

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